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Textos antiprohibicionistas

Pesimismo social, ¿está justificado?

Discurso pronunciado con motivo del «Día internacional de la lucha contra el uso indebido y el tráfico ilícito de drogas»

Foto de Juan Carlos Usó

Sociólogo, historiador y responsable de Mundo Antiprohibicionista

Señoras, señores, buenas tardes a todas y a todos:

PATIM
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Ante todo, quisiera comenzar pidiendo disculpas por no haber podido asistir el año pasado a recibir personalmente el premio “Paco Pascual” a la “difusión social en drogodependencias” con que tuvo la generosidad de distinguirme la asociación PATIM. También quiero agradecer a la asociación la confianza y amabilidad demostradas al haberme invitado para que actuara hoy como mantenedor de este acto.


El 7 de diciembre de 1987 —hace ya, por tanto, casi 15 años— la Asamblea General de las Naciones Unidas decidió instituir el día de hoy —26 de junio— como “Día internacional de la lucha contra el uso indebido y el tráfico ilícito de drogas”.

Hay que decir, en este sentido, que Paco Pascual, maestro de periodistas recientemente fallecido, se adelantó en 20 años a este anhelo de Naciones Unidas, ya que el 29 de diciembre de 1967 publicó en Mediterráneo un extenso reportaje, titulado “La Droga, felicidad artificial”, en el que prevenía a la sociedad castellonense acerca del aumento del tráfico de drogas en España, un país al que entonces los traficantes pretendían convertir —a decir de nuestro admirable y admirado Paco Pascual— en “cabeza de puente”.

También PATIM es una asociación pionera en la Prevención, Asesoramiento, Tratamiento e Investigación en temas de Marginación y Drogas, pues no olvidemos que fue fundada en 1985, es decir, dos años antes de que la Asamblea General de las Naciones Unidas decidiera conmemorar anualmente esta fecha.

Pero, ¿qué balance podemos hacer cuando casi se han cumplido 15 años de aquella toma de decisión?

Veamos algunos indicadores. El Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) en los últimos tres años ha realizado unos estudios denominados de “expectativas” que incluyen, entre otras, la siguiente pregunta: “¿Cree Ud. que dentro de 5 años en España habrá aumentado o habrá disminuido el consumo de drogas ilegales?”. A tenor de la respuesta, cada vez hay más españoles que piensan que este consumo aumentará.

Por lo demás, según demuestran los barómetros mensuales del CIS, donde se reflejan —al menos en teoría— los problemas de España, el comúnmente denominado “problema de la droga” sigue enquistado en la percepción objetiva de los españoles en el tercer lugar (tras el paro y el terrorismo).

¿Está pues justificado este pesimismo social?

PATIM
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A mi juicio, creo que no. O, por lo menos, existen otros datos que nos permiten ser mucho más optimistas. En este sentido, y en contradicción con los peores vaticinios, desde hace algunos años, los daños ocasionados por las drogas ilícitas —al menos, aquellos más visibles y dramáticos— parece que van a menos.

Por ejemplo, hace unos días el diario El País se congratulaba porque los fallecimientos por sobredosis en España han descendido un 59 % desde 1999. Y si tomamos 1991 como año de referencia veremos cómo ese descenso en las muertes por sobredosis ha sido de más del 75 %.

Asimismo, los casos de sida entre usuarios de drogas por vía intravenosa entre 1994 y 1999 han descendido en más de un 66 %.

Si atendemos de nuevo a los barómetros mensuales del CIS, pero fijamos nuestra atención no en la percepción objetiva sino en la repercusión real (es decir, cuando las personas encuestadas no responden sobre los problemas del país, sino sobre sus propios problemas personales) observaremos claramente cómo el denominado “problema de la droga” ya no se sitúa en el tercer lugar del ranking, ni lo señalan un 25 % de los españoles, sino que se sitúa en el puesto 7º, 8º, 9º e incluso 10º, y apenas lo destacan como tal un 5 % de los ciudadanos. Lo cual sugiere que existe una acusada tendencia a la dramatización —seguramente fomentada por los medios de comunicación—, es decir, que la percepción de la gravedad del “problema”, en realidad, no parece relacionada con la experiencia inmediata.

¿Quiere esto decir que ya podemos quedarnos tranquilos, con los brazos cruzados?

Desde luego que no. Y sólo hay que apuntar un dato para advertir la magnitud de todo lo que queda por hacer: si en 1987 (recordemos: el mismo año en que la Asamblea General de las Naciones Unidas decidió instituir el 26 de junio como “Día internacional de la lucha contra el uso indebido y el tráfico ilícito de drogas”) el porcentaje de internos en las cárceles españolas por delitos contra la salud pública era del 32 % (11 % penados y 21 % preventivos), en 1999 ascendía ya a un 67,2 % (31,2 % penados y 36 % preventivos).

La decisión adoptada en su día por la Asamblea General de las Naciones Unidas nos invita a la “lucha contra el uso indebido y el tráfico ilícito de drogas”. Pero es demasiado largo, demasiado grandilocuente… nosotros, para abreviar, lo reducimos y hablamos de la lucha contra la Droga. Y en ello estamos, no desde que lo propusieran Naciones Unidas, sino desde mucho antes, y sin tener muy claro si estamos luchando contra gigantes o contra molinos de viento. Porque, seguimos hablando de “Droga”, pero la “Droga” como tal generalización y abstracción no existe. En realidad, hablar de “Droga” de forma genérica y abstracta resulta tan descabellado y poco convincente como hacerlo, por ejemplo, del término “líquido”. Porque, de hablar así, ¿a qué nos estaríamos refiriendo? ¿A la horchata, al vino, al aceite de oliva, al agua oxigenada o al líquido de los frenos?

Parece evidente que lo sustancial, cuando hablamos de drogas, no es tanto su presencia en nuestro entorno, sino la relación que el individuo, el grupo y, en definitiva, la sociedad establecen con el hecho objetivo de la existencia de aquéllas. Este vínculo va a ser lo que determine la utilización o no de las mismas y la forma o estilo en que se va a hacer.


La protección de la salud pública responde a un concepto relativamente reciente dentro de la historia del Derecho. Implica, por una parte, el reconocimiento del bienestar general como un patrimonio colectivo a preservar y, por otra, la existencia de unas conductas capaces de poner en peligro dicho bienestar, es decir, los denominados delitos de riesgo.

En el Código penal español de 1870, las irregularidades en la venta de fármacos, sustancias nocivas para la salud o productos químicos capaces de producir grandes estragos (sustitución de uno por otro, adulteración, fraude…) estaban tipificadas como delitos contra la salud pública. En aquella época, las drogas actualmente prohibidas recibían la misma consideración que cualquier otro fármaco, es decir, eran productos de consumo libre, para cuya venta estaban autorizados drogueros y boticarios.

Por eso, en 1918, cuando las autoridades gubernativas decidieron someter ciertas sustancias (opio, morfina, cocaína, éter, cloral, etc.) a un régimen de control o restricción, se pensó en la receta médica obligatoria como requisito suficiente para preservar la salud pública en este sentido. Lógicamente, a efectos penales, esta exigencia no afectaba al comprador, sino al vendedor, lo cual casaba perfectamente con la idea inicial de proteger a las personas de drogas que otros querían venderles.

El paso decisivo de la restricción a la prohibición se dio en 1928, cuando entró en vigor un nuevo Código penal —que ya prestaba una especial consideración a las “drogas tóxicas o estupefacientes”, separándolas del resto de sustancias potencialmente peligrosas para la salud— y se promulgaron las Bases para la Restricción del Estado en la distribución y venta de estupefacientes, pues a partir de ese momento ya no sólo se castigó la venta ilícita de drogas, sino también su posesión sin receta. Este cambio legislativo implicaba necesariamente una perversión del concepto inicial de delito contra la salud pública, pues ya no se trataba de proteger a las personas de drogas que otros querían venderles, sino de drogas que ellas mismas querían comprar. De tal manera, en la actualidad hemos llegado a admitir como razonable que si una persona vende a otra cualquier cantidad de una droga prohibida —por mínima que sea— está cometiendo un delito contra la salud pública, es decir, contra la salud de todos, mientras aceptamos que si una industria envenena el aire, el agua o la tierra —elementos que sí compartimos todos— se está produciendo un delito ecológico. Absurdo, ¿no?


Desde principios del siglo XX nuestros gobiernos han ido ensayando distintos modelos de intervención en materia de drogas: el modelo penal (o jurídico represivo), el modelo médico/sanitario, el modelo psicosocial, el modelo sociocultural (o antropológico-cultural), el modelo estructural… Todos son distintos, pero, a la vez, todos tienen un nexo en común: anteponen la seguridad nacional a la seguridad personal. De ahí que la máxima que dice “no existen enfermedades sino enfermos” no termine de cuajar o de sedimentarse en el campo que nos ocupa, y más que de drogodependientes —diferentes entre sí, en función de su caracterización y necesidades— se siga hablando de drogodependencias. Y de ahí también que, en vez de una visión endémica, siga persistiendo una visión epidémica del asunto.

Hace algunos años el abordaje del tema de las drogas se fundamentaba en la consecución de un único objetivo: tolerancia cero hasta lograr un mundo sin drogas. Hoy en día, muchas personas no han renunciado a la abstinencia total como meta final, pero se han dado cuenta de que, previamente, han de conseguir otros objetivos a corto y medio plazo.

La clave parece estar en la prevención. Pero dicho concepto no encierra ninguna novedad. De hecho, la idea de prevención ya comenzó a introducirse de manera incipiente durante los años 30, cuando empezó a ponerse de manifiesto el fracaso de la política prohibicionista y represiva.

A finales de los años 60 y principios de los 70, una vez liquidado el período que los historiadores denominamos de “paz farmacrática”, la noción de prevención en materia de drogas comenzó a extenderse entre todos los profesionales vinculados —directa o indirectamente— al tema: expertos de Naciones Unidas, médicos, sociólogos, periodistas, personal docente, religiosos, jueces de Vagos y Maleantes e incluso policías.

Desde que se creara el Plan Nacional sobre Drogas (PND) en 1985 podemos considerar la política preventiva como algo asumido por el Gobierno español y, por tanto, prácticamente institucionalizada. De hecho, en la actualidad resulta difícil encontrar alguna persona o institución —tanto pública como privada— que no proclame y se aferre a la idea de prevención con la fe del neófito. Tanto que, a juicio del sociólogo y criminólogo Xabier Arana, hemos pasado de intentar prevenir el consumo a consumir prevención.

Sin embargo, esa política de prevención no sólo se ha mostrado ineficaz, sino también confusa, contradictoria y, en muchos casos, contraproducente. La explicación a esta paradoja se encuentra en la propia definición del concepto. Cabe decir, en este sentido, que según la última edición del Diccionario de la lengua española, “prevención” es la “acción y efecto de prevenir”, es decir, la “preparación y disposición que se hace anticipadamente para evitar un riesgo o ejecutar algo”. En principio, la cosa parece bastante clara; pero, si buscamos la definición del verbo “prevenir” podemos observar que el término en cuestión encierra importantes matices de concepto, pues si por un lado implica “conocer de antemano o con anticipación un daño o perjuicio” y “advertir, informar o avisar a alguien de algo”, por otro también tiene el significado de “precaver, evitar, estorbar o impedir algo”, así como “imbuir, impresionar, preocupar a alguien, induciéndole a prejuzgar personas o cosas”. En rigor, pues, resulta tan preventivo aconsejar a una persona para que modere el uso de cualquier sustancia, como mentirle acerca de sus efectos, obligarla a someterse a tratamiento, sancionarla económicamente, encarcelarla o ejecutarla por el mismo motivo (si así lo dispusiera el ordenamiento jurídico-penal).

Las dudas que plantea la prevención en la práctica han determinado que a lo largo de estos últimos años se comience a apostar por una política denominada de “reducción de riesgos y daños”. Esta formulación parece que se ajusta más a la realidad. De hecho, a principios de este mismo mes he tenido la suerte de intervenir en la II Conferencia de consenso sobre la reducción de riesgos relacionados con las drogas, celebrada en Bilbao. Pero, mientras intentamos consolidar esta opción, no podemos olvidar que se trata de un mal menor, cuyo principal objetivo es precisamente minimizar los efectos de décadas de prohibición, represión y prevención, es decir, un parche para que el remedio no acabe de fulminar a todos los remediados. En consecuencia, una política de reducción de riesgos y daños no puede limitarse únicamente a una serie de medidas técnicas, sino que debe asumir ciertos cambios en los planteamientos de fondo de la cuestión.

Cabe decir, en este sentido, que el discurso teórico que sustenta dichas políticas reduccionistas no puede ser ajeno o refractario al planteamiento de si el Estado, más que proteger a las personas de sí mismas, intentando redimir a los ciudadanos de sus propios deseos, inclinaciones o tendencias, no debería limitarse a respetar su dignidad e independencia y, en última instancia, a fomentar el sentido de la responsabilidad, tanto en el ámbito individual como colectivo.


Quizá alguno de los presentes espere que, para finalizar, haga un llamamiento reivindicando la legalización de las drogas. Creo que no es momento, ni lugar. Sin embargo, permítanme que comparta una inquietud con ustedes en este sentido, al hilo de una anécdota televisiva. Hace apenas un par de meses todos pudimos ver y escuchar cómo una chica de 19 años hablaba con soltura y abiertamente de su “camello de confianza” en un programa de televisión de máxima audiencia. A lo mejor, a ustedes, este hecho aislado les parece un detalle mínimo, carente de importancia. A mi juicio, el episodio en cuestión —unido a otros aparentemente insignificantes— no es sino una prueba más de que, en la práctica, la prohibición ha sido revocada de facto, es decir, por la vía de los hechos consumados. Y a todos nos incumbe que los acontecimientos, es decir, la realidad haya desbordado el marco jurídico-legal, porque, en definitiva, a todos nos afecta. Por eso, no quiero finalizar esta intervención sin invitarles a reflexionar en torno a dos máximas: aquella de Montaigne que nos advierte de que “las leyes mantienen su crédito no porque sean justas, sino porque son leyes” y aquella otra de Montesquieu que repara en que “las leyes inútiles debilitan las necesarias”.

Gracias por su paciencia y por la atención dispensada.

Juan Carlos Usó, en Villa Elisa, Benicassim (Castellón), . Celebración organizada por PATIM.